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Personas

Luis Herrera Briceño

En la empresa Venezuela

Gerente de tienda · Operaciones · ingresó el 5 sep 2021 (5 años)

Relaciones laborales

Políticas sin acusar: Protocolo contra el acoso y el hostigamiento

Medidas disciplinarias

Ninguna registrada.

Registrar una medida

Para un despido: 30 días continuos desde que se conoció (LOTTT art. 82) y, con fuero o inamovilidad, desde que se cometió la falta para pedir la autorización a la Inspectoría (art. 422); la inamovilidad general rige hasta el 31 dic 2026 (Decreto 5.070). Es un plazo de ley: registra la medida en cuanto se sepa.

Inamovilidad y calificación de falta

Inamovilidad laboral general vigente hasta el 31 dic 2026 (Decreto 5.070). Mientras rija, despedirla exige la calificación previa de la Inspectoría (art. 422).
Marcar como excluida de la inamovilidad

El Decreto 5.070 no ampara a quien ejerce un cargo de dirección ni a los trabajadores temporales u ocasionales. «Dirección» es quien interviene en las decisiones o representa al patrono (LOTTT art. 37), no el título del puesto: si hay duda, pregúntalo al abogado.

No la despidas mientras dura el procedimiento: un despido durante la calificación da lugar al reenganche y al pago de los salarios caídos (art. 424). Es información para tu abogado, no un dictamen.
Solicitar la calificación de una falta
Causas (LOTTT art. 79)

Plazo: 30 días continuos desde que se cometió la falta (art. 422). El art. 82 los cuenta desde que se supo; aquí se cuenta desde la falta, que vence antes.

Inasistencias que ya registró la asistencia (para la causa f)

La causa f pide 3 días hábiles de inasistencia injustificada en un mes, contado desde la primera. Quita las que estén justificadas.

Pruebas que se anexan

Se guarda como borrador. El escrito en PDF es un modelo con lo que pide el art. 422: revísalo con tu abogado antes de presentarlo.